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Fuente: Diario de Las Palmas

07-09-1903

Disposiciones oficiales

 

Por virtud del Real Decreto concediendo como gracia especial que las oposiciones de las Escuelas públicas de  esta provincia, se verifiquen en lo sucesivo en el Instituto general y técnico de la Laguna, el artículo 28 del «Reglamento de provisión de escuelas», ha quedado modificado en la forma siguiente:                      

Art. 28   Las oposiciones a Escuelas de 825 pesetas se verificarán en las
capitales de los distritos universitarios a excepción de las plazas vacantes en  las Islas Canarias, cuyos ejercicios tendrán lugar en la Laguna (isla de Tenerife Las correspondientes a plazos de 2.000 ó más pesetas de sueldo se verificarán en Madrid, y para tomar parte en ellas será requisito indispensable el poseer el título de Maestro superior; pero si las vacantes fueran del grado elemental, podrán aspirar a ellas los Maestros que tengan título elemental obtenido con arreglo al plan de estudios vigente al publicarse el Real decreto de 23 de Septiembre de 1898.

Por el Rectorado de la Universidad de Sevilla se ha anunciado en la Gace­ta del 3 del actual, las escuelas que han de proveerse por concurso de as­censo en esta provincia dando un plazo de 30 días a contar de su inserción, para que los interesados presenten sus solicitudes en dicho Rectorado.

Las escuelas que se anuncian son las siguientes:

De niñas; Santa Brígida, Valsequillo, Vallehermoso, Teror, San Mateo, Los Llanos, Tazacorte y Haría, con mil cien pesetas cada una.

Los aspirantes a estas escuelas, que deseen que se les certifique sus hojas de servicios en la Secretaría de la Junta de Instrucción pública de esta provincia, deben presentar todos los documentos necesarios.