Historia / Retazos históricos

 


En Arrecife tiene lugar el juicio oral y público ante la Audiencia Provincial: Preside Luis Vallejo Quero y como Magistrados: Julián Forniés Pallarés y Pedro de Benito y Blasco, la causa incoada por el Juzgado de Arrecife, por el delito de DESACATO, seguida contra el procesado José Domingo BETANCORT HERNÁNDEZ, de 52 años, natural y vecino de Haría, casado, marinero, de conducta mala, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador Domingo Armas y defendido por el Letrado José María de Páiz García, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente el presidente de la sala.

El procesado al entrar en la cantina "Bar Tres Hermanos" del Juez de Paz de Haría Joaquín RODRÍGUEZ VILLALBA con el que tenía gran amistad y confianza por ser compadres, indignado al saber que su esposa la habían detenido y esposado durante su ausencia como supuesta autora de un robo, que no había cometido, se dirigió al Juez de Paz y en su presencia y ante varios vecinos, que habían en el establecimiento dijo: "que todas las autoridades eran unos sinvergüenzas, que el Juez no es Juez ni nada, que era un mierda y un desgraciado", frases que repitió al ser detenido a continuación e interrogatorio por el Juez.

El Fiscal en sus conclusiones definitivas califica los hechos como delito de desacato, según el Artº 240, 1º y castigado en el 2º de idem y le acusa como autor sin circunstancias modificativas y solicita para el procesado dos años de prisión menor y mil pesetas de multa por cada uno de los dos delitos y que se abone el tiempo pasado en la cárcel.

La defensa del procesado discrepa del Fiscal en la relación de los hechos y estima, la circunstancia atenuante 10ª del Artº 9 del Código Penal, por lo que procede imponerle un solo delito de dos meses de arresto mayor y multa de mil pesetas.

En el primer Considerando dice: que los hechos que se declaran probados son constitutivos de delito de Desacato sancionado en el Artº 240, 2º, ya que no medió el lapso de tiempo suficiente para poder estimar que las palabras pronunciadas por el procesado en la cantina y al ser detenido e interrogado a continuación por el Juez de Paz, no son dos delitos, sino uno.

El fallo del Tribunal condena a José Domingo Betancort Hernández, como autor sin circunstancias modificativas de la responsabilidad, de un delito de DESACATO, a las penas de TRES MESES de arresto mayor y multa de mil pesetas.

Aprobamos el Auto de insolvencia del procesado dictado por el Instructor en la pieza de responsabilidad civil.

También para el cumplimiento de la pena que se le impone, se le abona todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa.