Historia / Retazos históricos


 

El acta notarial empieza diciendo: "En el pueblo de Haría, a 16 de Mayo de 1.838, celebra sesión el Iltre. Ayuntamiento de este pueblo, presidido por: D. Marcial RODRÍGUEZ, Alcalde 1º, D. Simón CAMEJO VIÑOLY(su padre D. Ginés Camejo PERAZA fue Alcalde en 1.837), Alcalde 2º, D. Pablo RODRÍGUEZ PERAZA(Secretario del Ayuntamiento en 1.837), D. Pedro BETANCORT DÍAZ, D. Pedro LAZO, D. Francisco VALDÉS, D. Narciso BONILLA CAMEJO(sus hijos BONILLA PERDOMO) y D. José PERDOMO RAMÍREZ (cuñado de Víctor FEO PERAZA(mi Bisabuelo) y Soltero), Regidores(hoy Concejales); e igualmente comparecieron D. Antonio Julián CABRERA vecino del Puerto del ARRECIFE, D. Antonio RIJO FEO y D. Pablo LUZARDO RAMÍREZ(sus hijos LUZARDO BETHENCOURT y sus nietos CURBELO LUZARDO,y Bisnietos CURBELO GONZÁLEZ, MONFORT CURBELO y VALENCIANO CURBELO) que lo son de dicho pueblo y D. Manuel FEO BETHENCOURT(hijo del Coronel y Gobernador de Lanzarote, D. José FEO de ARMAS, hermano de D. Tomás que fue Alcalde Teguise y D. Víctor, que fue Coronel y Gobernador de Lanzarote entre 1.838-51) de San BARTOLOMÉ, como apoderado de D. José CURBELO BRITO(consuegro de Pablo LUZARDO y nieto del MAYOR GUERRA), su padre político".

El Alcalde 1º lee el oficio que dice: "la Exma. Diputación Provincial(establecida en TENERIFE) en sesión celebrada en 24-08-1.837, dispuso que los terrenos pertenecientes a los PROPIOS de este Ilustre Cuerpo, situados donde nombran la VEGA del PUEBLO, se redujeren a dominio particular para que fuesen en adelante MÁS PRODUCTIVOS"

Sigue diciendo: "Que a este efecto procedió sin pérdida de tiempo a formar expediente, nombrando peritos medidores y apreciadores, que la valorasen en venta y renta, dividiéndolas en suertes numeradas, cuya cabida no bajase de DOS, ni subiese de CUATRO fanegas"

"Que trasladada esta orden al Ayuntamiento en oficio de 4-09-1.837, el acuerdo que celebró el 9 del propio mes, dispuso para su debido cumplimiento se formase expediente por el Sr. Presidente en los términos prevenidos para cuyo efecto se nombró por PERITOS medidores a D. Manuel MÉNDEZ(Alcalde Constitucional en 1.844) y D. Francisco ROBAYNA, y apreciadores a D. Pablo LUZARDO RAMÍREZ, D. Antonio CAMEJO y Matías ROSA(sus hijos los Rosa Cabrera) vecinos de dicho Pueblo".

"Ejecutada la citada operación, se presentaron ante el Sr. Alcalde a evacuar su declaración, en la que manifestaron haber pasado a la VEGA del PUEBLO, a la que habían encontrado SIETE fanegas de tierra que DIVIDIERON en TRES suertes de a 2 fanegas y 4 celemines cada una, siendo la 1ª, la del Naciente, llamada del ESPINO; que valorizaron en 1.150 pesos; la 2ª denominada del LOMO de la propia cabida en igual cantidad; y la 3ª que dice de la CASILLA de la misma capacidad en 1.200 pesos".

"Que en este estado, se recibió un oficio de la Exma. Diputación con fecha 18 de Diciembre último, en el que transcribía lo resuelto respecto de la solicitud hecha por el Ayuntamiento de la Villa capital(=Teguise) para que se declarase a su favor la pertenencia de la citada propiedad"

"D. Antonio Julián CABRERA, manifiesta, haberse procedido con notable equivocación el haber sacado los mencionados terrenos de la VEGA del PUEBLO a pública SUBASTA para enajenarlos en venta llana o real, cuando lo que se había prevenido por el citado acuerdo de dicha Exma. Diputación de 24 Agosto, era la dación(dar) a censo reservativo".

El Ayuntamieno por acuerdo de 1-01-1.838, dispuso que el Sr. Alcalde Presidente, librase Edicto convocando licitadores, y DIVIDIENDO el precitado terreno en SEIS suertes de a fanega y dos celemines cada una, siendo la 1ª la del Naciente denominada del ESPINO,y su valor 556 pesos; la 2ª, 3ª y 4ª en igual valor cada una; y las 5ª y 6ª en cantidad de 600 pesos también cada una, conforme al aprecio practicado por los expertos. Que fijado en los propios términos el Edicto y señalada para la subasta el día 31 del antedicho mes de Enero, quedaron rematadas las expresadas SEIS suertes; a saber: la 1ª por Antonio GONZÁLEZ BARRETO en 2.500 pesos sobre su valor; la 2ª D. Rafael FEO LUZARDO en 2.101 peso, también sobre su valor; la 3ª por D. Antonio RIJO FEO en 3.000 pesos; la 4ª por Félix BARRETO en 3.500 pesos sobre su valor; la 5ª por D. José PAZ CURBELO en 4.000 pesos; y la 6ª por D. José CURBELO BRITO.

La Exma. Diputación Provincial, en sesión celebrada en 15-03-1.838, se sirvió aprobarlo, mandándolo devolver a esta municipalidad para que procediese al otorgamiento de las escrituras a favor de los rematadores.

Que posteriormente y en 9 de Mayo, se presentaron al Alcalde D. Rafael FEO LUZARDO (sus hijos FEO CABRERA y sus Nietos: NEGRÍN FEO, FEO BARRETO, FEO CABRERA, BETANCORT FEO, FEO MÉNDEZ, FEO ROSA) y Félix BARRETO rematadores de la 1ª y 2ª suerte exponiendo que no siendo sabedores al tiempo que se hizo el REMATE del DERECHO que se deben pagar a la Hacienda Nacional del 0'5% del importe del capital de cada suerte, además de los otros costos expresados en las condiciones de la subasta y no teniendo con que sufragarlos, ni tampoco con que hacer los plantíos y demás beneficios necesarios del terreno, hacían cesión del citado remate de dichas 2 suertes en el mencionado D. Antonio Julián CABRERA, quién hallándose presente en aquel acto, aceptó la indicada cesión y se obligó a cumplir con todas las condiciones del remate ; que igual cesión hicieron en el mismo día Félix BETANCORT y D. José PAZ CURBELO, aquél a favor de D. Pablo LUZARDO y éste de D. José CURBELO BRITO, las que también fueron aceptadas por estos últimos, haciéndolo por el D. José CURBELO BRITO, el D. Manuel FEO BETHENCOURT, su apoderado, y ofreciendo asimismo ambos observar por su parte las referidas condiciones de la subasta, lo que fue aprobado por el Ayuntamiento.

El total de la venta fue 22.361 pesos y el 2% de Propios, 447 pesos, 3 rvon., 10 maravedís, cada año vencido.